top of page

Justicia para ANA

Ancla 1

ANTECEDENTES

Ana se encontraba residiendo en el Cantón Saraguro cuando fue víctima del delito de violación en la noche del 23 y madrugada del 24 de junio de 2018. Los hechos fueron denunciados ante el fiscal de Saraguro, Miguel Ángel Condolo Poma, el 26 de junio de 2018 y se dio apertura a la investigación previa. 

 

Tras dictar prisión preventiva en contra de dos personas indígenas, el examen de ADN reveló que los fluidos corporales encontrados en la ropa interior de la víctima pertenecían a  Erick Joaquín Bravo Caguana, lo cual obligó al fiscal a abstenerse de formular cargos en contra de las personas vinculadas en un inicio. El 26 de septiembre de 2018 el fiscal formuló cargos en contra de Erick Bravo por el delito de violación (tipificado y sancionado en el artículo 171, numeral 1 del COIP). Erick Bravo no compareció a la audiencia preparatoria de juicio y se encuentra actualmente prófugo de la justicia. 

 

El 29 de marzo de 2019, durante la audiencia preparatoria de juicio, el fiscal Miguel Ángel Condolo Poma pese a que no solicitó al juez oportunamente la audiencia de formulación de cargos (esta debe solicitarse durante la etapa de instrucción fiscal),  acusó a Erick Bravo de otro tipo penal en grado de autor, el de abuso sexual (artículo 170 COIP), vulnerando el proceso previsto para la reformulación de cargos (artículo 596 COIP). El Juez, sin embargo dictó auto de llamamiento a juicio por el delito de violación en contra de Erick Bravo, quien se encuentra prófugo

 

El 16 de abril de 2019, con posterioridad al auto de llamamiento a juicio, sorpresivamente el fiscal, en lugar de vincular a una nueva persona en el momento procesal oportuno, abre una investigación previa por los mismos hechos en contra de un testigo importante de la víctima dentro del proceso.  

 

Durante el proceso, el fiscal Miguel Ángel Condolo Poma, ha incurrido en varios actos y omisiones que significaron revictimización para Ana. Entre ellos se encuentran los siguientes: 

  • A pocos días de la violación, mientras la víctima esperaba los resultados de los exámenes médicos, el fiscal se contactó con ella para decirle (en palabras de Ana) “que todavía no habían salido los resultados de este examen, (...) que no se había resistido, que no existían huellas de violencia y, sobre todo, insistió sobre el hecho de que no había sido virgen.” 

  • Posteriormente, el fiscal le pidió a Ana que se presente sola en su despacho y procedió a preguntarle por su vida privada. Específicamente (en palabras de Ana) “quería saber con quien me había acostado por última vez, cuándo fue, con quién fue, su nacionalidad y dónde vivía, si había tenido un novio en Saraguro, etc.”

  • El fiscal intentó disuadir a la víctima de presentar la denuncia 3 o 4 veces, a pesar de que ella manifestó expresamente su voluntad de hacerlo.  

  • Pese a la solicitud de la víctima de que se reciba la versión de un testigo importante, presentada de manera oportuna, el fiscal hizo caso omiso y dicha versión fue tomada varios meses después.

  • Ana informó oportunamente al fiscal sobre los actos de hostigamiento e intimidación que recibía mediante llamadas y correos electrónicos de parte de Erick Bravo y de sus familiares (correo electrónico y número de teléfono al que solo tenía acceso la Fiscalía de Saraguro). El fiscal, en ningún momento solicitó al juez medidas de protección a favor de la víctima, pese a que Ana ya había solicitado dichas medidas con anterioridad. 

  • Ana se sentía en inseguridad permanente, aun así, dada su condición de extranjera, ella fue advertida por el fiscal, erróneamente, que tenía que quedarse en Ecuador durante tiempo indeterminado si quería que las investigaciones se lleven a cabo.

  • Una vez emitidos los exámenes médicos de la víctima, ella intentó comunicarse con la fiscalía de Saraguro varias veces con el propósito de recibir información sobre su caso. No obstante, la fiscalía se negó a brindar cualquier ayuda y a contestar sus preguntas. 

  • Ana, en vista de lo anterior, envió a un amigo que reside en Saraguro para solicitar información directamente en fiscalía, donde se le informó, erróneamente, que  la víctima Ana tenía menos de dos semanas para hacer su denuncia o sino, no podría seguir con el caso.

 

ERICK BRAVO PRÓFUGO DE LA JUSTICIA

Erick Bravo se mantuvo prófugo de la justicia, dilatando esto la realización de la audiencia de juicio al tiempo que Ana siguió siendo víctima de acoso por parte de la familia del indicado, mediante mensajes que le pedían comunicarse con él por vía Skype. Sin embargo, las autoridades no supieron utilizar dichos contactos para localizarlo y capturarlo.  

  

Las últimas diligencias realizadas por el agente policial de Loja encargado del caso, se registraron en abril de 2019.

 

DETENCIÓN DE ERICK BRAVO

Erick J.B.C. se mantuvo prófugo de la justicia desde septiembre de 2018 por el delito de violación contra Ana, ciudadana francesa en Saraguro, hasta que por fin fue capturado luego de 3 años, el pasado 21 de febrero de 2022. Sin embargo, antes de esto llama la atención:

 

  1. Que ni la policía ni el sistema judicial activaron su búsqueda hasta que Idea Dignidad solicitó su inclusión en la Lista Roja de la Interpol y,

  2. Siempre estuvo alojado en la misma casa en donde fue capturado.

 

AUDIENCIA DE JUICIO

Con la detención de Erick J.B.C, luego de 3 años se puede continuar con el juzgamiento, que se llevará a cabo en la ciudad de Loja el día 14 de julio de 2022. Las pruebas que existen en contra de Erick J.B.C. deben por fin dar lugar a la declaración como culpable de la violación de Ana y a medidas de reparación para la víctima.

 

Queda pendiente que se consideren todas las omisiones e irregularidades en que se incurrió en este caso por parte de la Fiscalía y de la policía, entre ellas, la errónea tipificación del delito y la revictimización derivada de la intromisión en la intimidad de Ana, la disuasión para desistir de la denuncia, la información errónea sobre los derechos de la víctima, sobre las etapas y plazos del proceso judicial y, la dilatación de la captura del sindicado. Esto debería dar lugar a las sanciones correspondientes.

 

IDEA DIGNIDAD APELARÁ EL FALLO JUDICIAL

El 14 de julio se dió en la ciudad de Loja la Audiencia de Juicio en contra de Erick J.B.C, En el Juicio el fiscal de Saraguro Miguel Ángel Condolo Poma, volvió a plantear el caso de Ana como abuso sexual, esto a pesar de que en audiencia de formulación de cargos, estos fueron formulados  por el delito de violación. La prueba científica evidencia que existió una violación, tanto así que el tribunal pide a la fiscalía que abra nueva investigación. Entonces el tribunal sabe que hay violación, la prueba determina que la hubo, que hay proteína p30 y que el ADN corresponde a Erick, sin embargo no quiere declarar este delito. Cabe recordar que por la errada actuación del fiscal Miguel Ángel Condolo Poma, existe una queja en su contra. 

 

La sentencia contra Erick de primera instancia determinó 5 años de prisión por delito de abuso sexual, multa de 800 salarios, disculpas públicas en un periódico y 5 mil dólares de indemnización.  

 

Tras varios meses de espera, este 20 de marzo de 2023 tendrá lugar la audiencia de apelación de la sentencia dada el 14 de Julio de 2022 por  el  tribunal penal conforme a la teoría del caso de el fiscal de Saraguro Miguel Ángel Condolo Poma, quien fue sujeto de queja por entorpecer el proceso. 

La Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia de Loja integrada por Jueces Provinciales doctores: Marco Boris Aguirre Torres (Ponente), Wilson Ramiro Condoy Hurtado, y Leonardo Enrique Bravo Gonzalez; tienen la oportunidad de hacer verdadera justicia para Ana, tomar en cuenta las pruebas concluyentes y corregir el fallo anterior que sancionaba como abuso sexual lo que es un delito de violación.  Esperamos que el tribunal de apelación haga su trabajo, no deje en indefensión el delito de violación y repare adecuadamente a la víctima.

RECURSO DE APELACIÓN 

La Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Loja, frente al recurso de apelación contra la sentencia que sanciona como abuso sexual, el delito de violación, inadmitió el recurso de apelación.

 

El argumento que usaron para inadmitir este recurso, fue que solamente la acusación particular mostró disconformidad con la sentencia y presentó la apelación, mientras que la Fiscalía General del Estado (el organismo que debe impulsar el proceso penal) no lo hizo.

 

DENUNCIA ADMINISTRATIVA ANTE EL CONSEJO DE LA JUDICATURA

El 27 de marzo de 2023, Ana remitió por medio de correo electrónico al Consejo de la Judicatura, un escrito en el que relató, los actos de negligencia y revictimización en los que incurrió el Agente Fiscal Miguel Ángel Condolo Poma, solicitando el impulso, seguimiento y vigilancia del proceso y queja disciplinaria que Ana interpuso en el año 2019 (Hace 4 años). 

 

CASACIÓN

El 28 de marzo de 2023, se emitió el auto que negó el recurso de casación propuesto por la acusadora particular, por parte de los mismos jueces de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte Provincial de Loja, alegando la improcedencia ya que dicho recurso se presentó frente a un auto y no frente a una sentencia.

 

ACCIÓN EXTRAORDINARIA DE PROTECCIÓN

El 12 de mayo del 2023 la acusación particular de Ana presentó una Acción Extraordinaria de Protección ante la Corte Constitucional, para evidenciar los derechos vulnerados durante todo el proceso judicial penal. La finalidad de esta acción constitucional es que la Corte se pronuncie frente a la procedencia o no, de la apelación en procesos de violencia sexual cuando la única que apela es la víctima y no el fiscal; y sobre la actuación judicial frente a las acciones y omisiones fiscales, que conllevan revictimización.

 

Con fecha 03 de agosto del 2023, la Corte Constitucional admitió a trámite la Acción Extraordinaria de Protección presentada.

 

Última actualización: 03/08/2023

bottom of page